Sucesiones
El fallecimiento de una persona da lugar a la apertura de su sucesión y al llamamiento a su herencia de todos aquéllos que tengan derecho a la misma.
Los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte.
El Código Civil establece que la sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada entestamento, y, a falta de éste, por disposición de la ley.
La primera se llama testamentaria, y la segunda legítima.La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no seextingan por su muerte.
Ahora bien, para delimitar con exactitud cual es la proporción correspondiente a cada heredero o legatario, deberá consultar a un profesional en la materia.
Vega Fernández Abogados le ofrece un servicio legal especializado en la materia, pudiendo determinar su parte proporcional en la masa hereditaria pudiendo ejercitar sus derechos.
Cuaderno Particional.
Adjucación de Herencias.
Beneficio de Inventario.
Impugnación de Herencias.
Procedimientos Judiciales.
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